Esta medida estará vigente hasta el 15 de enero.
La Junta de Andalucía implanta, hasta el próximo 15 de enero, la exigencia de certificado covid-19 o prueba diagnóstica negativa al coronavirus para el acceso de usuarios mayores de 12 años al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento tras recibir el pasado viernes del aval del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Así lo recoge una orden de la Consejería de Salud en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) que establece la entrada en vigor efectiva de esta medida.
Para entrar en un restaurante o local de ocio habrá que acreditar que se ha recibido la pauta completa de vacunación; tener una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas si es PCR y de 48 horas si es un test de antígenos; o que se ha superado el coronavirus en los últimos seis meses, para lo que habrá que demostrar haber sido diagnosticado como caso confirmado hace 11 días o más, mediante una prueba PCR.
En los establecimientos deberán colocar un cartel informativo al público sobre el carácter necesario de presentar esta documentación para el acceso al mismo. Tal y como remarca Salud, el incumplimiento de esta medida será objeto de inspección y de la correspondiente sanción.




