Ayudas extraordinarias al alquiler por el Covid-19

infonerja-ayudasSe podrán solicitar a partir del 8 de julio.

A partir del próximo 8 de julio se podrán solicitar estas ayudas al alquiler dirigidas a minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias con escasos recursos.

En concreto, las ayudas se podrán solicitar hasta el 30 de septiembre y se regirán por los mismos requisitos y procedimientos que dicta el Ministerio a través de su Orden. La solicitud será telemática.

Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el 1 de abril y durante un periodo de seis meses.

En el reparto de fondos de la Administración del Estado, Andalucía ha recibido 17,1 millones de euros, que sólo cubrirían las ayudas al alquiler para 4.700 familias. Ante esta situación, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio aportará un complemento de 13 millones de euros para alcanzar los 30 millones. Con esta asignación presupuestaria se podrá atender a unas 8.500 familias.

Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 30%. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad. Con carácter general sus ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35% de los ingresos de la unidad familiar.

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