viernes ,29 de marzo de 2024
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La Justicia declara improcedente el despido del conservador Antonio Garrido

La sentencia condena a la Fundación de la Cueva a readmitirlo en su puesto de trabajo o indemnizarlo con 86.903 euros.

El Juzgado de lo Social nº8 de Málaga ha estimado la demanda presentada por Antonio Garrido Luque contra la Fundación Cueva de Nerja y declara improcedente su despido, condenando a la institución a readmitirlo de manera inmediata en su puesto de trabajo o a abonarle la cantidad de 86.903, 36 euros en concepto de indemnización.

Los hechos se remontan al 17 de diciembre de 2012, cuando la entidad reunió a sus trabajadores para comunicarles el no abono de la paga extraordinaria de Navidad. El entonces conservador de la gruta pidió la palabra para informar de que también había dejado de percibir desde agosto de 2012 un complemento específico de 404 euros por sus labores en el Museo de Nerja, a diferencia de sus compañeros que sí lo recibían, y procedió a la lectura de un escrito.

En dicho texto, Garrido recordaba que no eran funcionarios ni recibían ayudas; ‘el dinero de nuestro trabajo no está reflejado en los Presupuesto Generales del Estado, lo generamos nosotros y no recibimos ninguna subvención’, hecho que le llevaba a cuestionar dónde iba el efectivo de las pagas de Navidad, ya que el Estado no era el ente emisor y, por tanto, tampoco debería ser el receptor. También denunciaba que aunque no cobraran estas remuneraciones, sí les descontaban las retenciones y acusaba a la Fundación de realizar patrocinios de 250.000 euros, celebrar el Festival Internacional y diversos actos políticos, cuando registraba pérdidas.

Este documento aparecía el 19 de diciembre en la entrada al público de la Cueva de Nerja, aunque no ha quedado acreditada la identidad de la persona que colocó dicho impreso, según recoge la sentencia. La suma de estos hechos, llevó a la Fundación a elevar la propuesta de un expediente disciplinario a Antonio Garrido el 16 de mayo de 2013, comunicándole su despido mediante carta el 13 de junio de 2013.

A tenor de ocurrido, Garrido denunciaba el 25 de julio de 2013 a la Fundación Cueva de Nerja por haber aprobado en Junta Plenaria el cese de sus funciones acusándolo de ser autor de una falta disciplinaria de carácter ‘muy grave’ por abuso de confianza en las gestiones encomendadas, deslealtad y transgresión de la buena fe contractual, con el único objetivo de causar daño a la imagen y prestigio de la Cueva, difamando a la misma y creando clima de crispación en la plantilla.

Así pues, el Juzgado considera que ‘los hechos declarados probados relativos a la conducta del trabajador no son, por tanto, constitutivos de infracción laboral alguna, lo que conduce a calificar la decisión extinta como improcedente, con las consecuencias previstas en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores’.

La Fundación Cueva de Nerja ha trasladado a Infonerja que los servicios jurídicos están estudiando la posibilidad de presentar recurso de suplicación contra la sentencia.

 

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