Se denunciará el uso indebido de tarjetas de estacionamiento para discapacitados

por | Oct 31, 2017 | Noticias

infonerja-minusvalidosLa nueva ley encomienda esta labor de control a la Policía Local.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publico la semana pasada la Ley 4/2017 de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, una norma que promueve el respeto a la diversidad desde el reconocimiento del valor de las personas con capacidades o funcionalidades diferentes a las de la mayoría.

Su artículo 56 está dedicado a las Tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, instrumento de gran incidencia en la autonomía personal y la independencia de las personas.

Sin embargo, en ocasiones son los propios titulares de las tarjetas quienes protagonizan su uso indebido, en detrimento de otras personas con movilidad reducida (por ejemplo, falsificando tarjetas mediante simples fotocopias a color plastificadas, o alterando la fecha de validez de tarjetas originales).

Para corregir esta situación, el artículo 56 de la nueva ley encomienda a la Policía Local labores de vigilancia y control del uso de estas tarjetas, no sólo desde el punto de vista de la normativa de tráfico (o incluso penal en caso de falsificaciones), sino también respecto del régimen sancionador previsto en la propia Ley 4/2017.

La aplicación de este nuevo artículo, que entró en vigor el 24 de octubre, supone que cuando los agentes de la Policía Local denuncien infracciones de tráfico relativas al uso inadecuado de una tarjeta de estacionamiento, deberán comunicar también estos hechos a los servicios  sociales, al objeto de que éstas inicien el correspondiente expediente sancionador.

Por su parte, el uso indebido de la tarjeta constituirá, cuando menos, una infracción leve, si bien también podrían llegar a ser infracciones graves o incluso muy graves.

En cuanto a las sanciones consistirán en la retirada de la tarjeta de aparcamiento por un periodo de tiempo que oscila entre un mes y dos años.

Así, ante casos de uso indebido de estos documentos públicos, podemos encontrarnos con tres tipos de infracciones (y sus correspondientes sanciones):

En el ámbito del tráfico, como infracciones a la Ley de Seguridad Vial (castigadas con multa de 200 €).

En el ámbito penal, en caso de falsificaciones de documentos públicos (recientemente hemos podido conocer varias condenas, a través de la prensa).

En el ámbito de los servicios sociales de la Junta de Andalucía, castigadas con la retirada de la tarjeta.

 

 

 

 

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