El TSJA considera que las tareas realizadas eran compatibles con su dolencia lumbar
Según ha publicado Diario Sur, en un artículo firmado por la periodista Susana Zamora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado improcedente el despido de un camarero de Nerja al que su empresa había cesado tras ser sorprendido realizando labores de jardinería mientras se encontraba de baja médica por dolor lumbar.
El trabajador, de 53 años, permaneció dos meses en situación de incapacidad temporal debido a problemas de columna. Durante ese tiempo, la empresa contrató a un detective privado que lo grabó realizando tareas de desbroce y trasladando ramas con una carretilla. Considerando que dichas actividades eran incompatibles con sus dolencias, la empresa decidió su despido por transgresión de la buena fe contractual.
El tribunal, sin embargo, ha concluido que las acciones observadas no tenían la gravedad suficiente para justificar la medida, ya que no se acreditó que esas tareas fueran incompatibles con su recuperación ni que hubiesen prolongado su baja.
Asimismo, la Sala determinó que la investigación privada fue lícita, al realizarse en espacios públicos, y recordó que la audiencia previa al despido no era exigible en este caso, conforme a la doctrina vigente en el momento de los hechos.
En definitiva, el TSJA ha confirmado la calificación de despido improcedente, lo que obliga a la empresa a optar entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización de 67.579,52 euros.
Fuente: Diario Sur — Autora: Susana Zamora




